CONSEJO
PARROQUIAL
El
Consejo Pastoral Parroquial es un organismo asesor del párroco en el que los
fieles, junto con los que por su oficio participan de la cura pastoral de
la parroquia, colaboran en el fomento de la actividad pastoral, y llevan a
efecto de este modo la unidad y corresponsabilidad de toda la comunidad parroquial
(Canon 536,1)
FUNCIONES
- Promover
la comunión eclesial, la unidad, colaboración y amor fraterno, entre los
sacerdotes, religiosos y seglares, y entre los distinto grupos, asociaciones
e instituciones de la parroquia.
- Estudiar
en común las necesidades, problemas y posibilidades de la comunidad parroquial
en orden a una pastoral realista en sus tareas más específicas, como son
la predicación y catequesis, la liturgia y la caridad.
- Recoger
iniciativas y proponer cauces de evangelización para todos los sectores
de la parroquia.
- Proponer
el plan concreto de acción pastoral en la parroquia, objetivos, líneas de
acción, etapas de realización y revisión, etc.
- Informar
sobre las iniciativas de los distintos movimientos y asociaciones de apostolado
de ámbito supraparroquial establecidos en la parroquia.
MIEMBROS
Todos los sacerdotes y
diáconos que trabajan pastoralmente en la parroquia; los representantes de
todos los grupos parroquiales, de movimientos, asociaciones, hermandades y
cofradías, comunidades que colaboran en el trabajo parroquial.
FUNCIONAMIENTO
Se reúne en los meses de octubre, febrero y junio.